SOLICITAMOS LA RETIRADA INMEDIATA
DE LA DISPOSICIÓN SOBRE LAS EXPULSIONES SUMARIAS
Madrid, 2 de diciembre 2014.- Reunidos en Málaga representantes de instituciones eclesiales que trabajan “in situ” a uno y otro lado de la frontera sur para abordar coordinadamente distintos temas que afectan a las personas migrantes, y siendo testigos del sufrimiento diario que las vallas provocan, Cáritas Española, CONFER, Secretariado de la Comisión Episcopal de Migraciones y Justicia y Paz queremos solicitar la retirada inmediata de la disposición sobre las expulsiones sumarias.
La Comisión de Interior del
Congreso de los Diputados aprobó el pasado 25 de noviembre el Dictamen sobre el
Proyecto de Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, en el que se recoge
una modificación a la Ley Orgánica de Extranjería que pretende legitimar las
expulsiones sumarias en la frontera de Ceuta y Melilla.
A nuestra preocupación por un
proyecto de Ley que criminaliza la pobreza y la movilización social, se suma la
consternación por la naturaleza de una enmienda que ha sido introducida a
última hora por el Grupo Parlamentario Popular del Congreso.
Además de compartir las
reflexiones de instituciones como el Consejo General de la Abogacía y la
inquietud expresada por numerosas entidades y plataformas ante la aprobación
del citado Dictamen, queremos hacer público nuestro enérgico rechazo a la
modificación que se contempla en el mismo porque entendemos que viola derechos
humanos, da cobertura legal a una práctica ilegal que se viene constatando
desde hace tiempo y no va a aportar soluciones a ninguna de las causas por las
que las personas migrantes abandonan sus países de origen para, tras un arduo
camino, llegar ante las fronteras de Ceuta y Melilla. En definitiva, sólo se
logrará incrementar el sufrimiento de las personas y no se reducirán las
llegadas.
Recordamos que La Ley Orgánica de
Extranjería ya cuenta con procedimientos legales para abordar los casos de
entradas irregulares en España por puestos no habilitados y que conllevan una
serie de garantías para las personas migrantes, como son la asistencia letrada
y el derecho a intérprete. Además, aunque insuficiente, existe la posibilidad
de solicitar asilo y refugio, e identificar potenciales víctimas de trata y
otros perfiles vulnerables.
Es necesario señalar que las expulsiones sumarias vulneran lo
dispuesto por los artículos 12 y 13 de la Directiva
europea 2008/115/CE y el artículo 13 del Código de Fronteras Schengen, que
establecen como garantías procedimentales en todo procedimiento de retorno la
obligatoriedad de una resolución motivada para la denegación de entrada,
en la que se indiquen los motivos exactos de la misma, así como el derecho a recurrir
dicha resolución de forma informada y asesorada. Es más, esas expulsiones
podrían ser constitutivas de una violación del artículo 6 del Carta Europea de
Derechos Fundamentales (CEDH) que contempla el derecho a un proceso equitativo.
Por otra parte, ese Dictamen pone
en riesgo la protección internacional, lo que vulnera la Convención de Ginebra
de 1951 y el artículo 18 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
Junto a ello, el artículo 6 de la Directiva 2013/32/UE obliga a los Estados
Miembros a garantizar el acceso a la protección no sólo en el territorio
nacional sino también en las fronteras y aguas territoriales.
Llamamos también la atención
sobre la violación que supone del principio de “non refoulement” (no
devolución) recogido en el artículo 33 de la Convención de Ginebra de 1951, el
artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, el artículo 18 de la ya
citada CEDH y la Directiva de retorno (Directiva 2008/115/CE) según el cual
ninguna persona puede ser devuelta a un país donde su vida, libertad o
seguridad corran peligro.
En las últimas semanas ha sido la
propia Comisión Europea e incluso el Comité de Derechos Humanos de las Naciones
Unidas quienes han manifestado su preocupación por la vulneración de derechos
que podría conllevar estas decisiones.
Por tanto, solicitamos que se retire esta disposición adicional y
se busque un consenso político en materia de inmigración. España debe liderar
ese proceso y hacer ver a la Unión Europea que las vallas de Ceuta y Melilla son
sólo la consecuencia de una política migratoria europea desenfocada.
Solicitamos, asimismo, diálogo para buscar vías de acceso
regulares para quienes no las encuentran nunca y no se vean empujados a dar un
salto desesperado.
Y solicitamos solidaridad con quienes buscan la
protección del asilo y el refugio huyendo de conflictos, persecuciones y los
efectos de una política de cooperación
internacional centrada exclusivamente en un modelo económico de crecimiento
que propicia el descarte y la expulsión de los ciudadanos de sus países de
origen y no el desarrollo de sus propias capacidades y experiencias para evitar
el abandono de sus comunidades como consecuencia de la injustica o la
inseguridad.
La aceptación de las expulsiones
sumarias que representa la aprobación de este Dictamen supondría consolidar
legalmente un concepto de “frontera” sinónimo de un territorio donde los
derechos humanos están ausentes. Y como ha señalado la Comisión Episcopal de
Migraciones en el VII Congreso de Migraciones en el Vaticano, y ha afirmado
recientemente el Papa Francisco ante el Parlamento Europeo, “Europa será capaz de hacer frente a las
problemáticas asociadas a la inmigración si es capaz de proponer con claridad
su propia identidad cultural y poner en práctica legislaciones adecuadas que
permitan tutelar los derechos de los ciudadanos europeos y de garantizar al
mismo tiempo la acogida a los inmigrantes“.
Contactos Prensa:
Marisa Salazar (619.26.89.39) – Angel Arriví (91.444.10.16 -
619.04.53.81)
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